Sociedad conyugal
Régimen patrimonial del matrimonio que rige por defecto en Argentina (comunidad de ganancias). Los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran de ambos cónyuges en partes iguales.
¿Qué es exactamente?
La sociedad conyugal es el régimen patrimonial que aplica por defecto a todos los matrimonios argentinos salvo que se pacte separación de bienes en convenio prematrimonial. Los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran gananciales: pertenecen 50/50 a ambos cónyuges.
Preguntas frecuentes
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Términos relacionados
Bien ganancial
Bien adquirido durante el matrimonio bajo régimen de comunidad de ganancias. Pertenece a ambos cónyuges en partes iguales. Para venderlo se requiere consentimiento de ambos.
LegalBien propio
Inmueble que pertenece exclusivamente a uno de los cónyuges. Adquirido antes del matrimonio, o por herencia o donación durante el matrimonio. No requiere asentimiento del otro cónyuge para venderse.
LegalEscritura traslativa de dominio
Instrumento público otorgado por escribano que transmite el dominio de un inmueble del vendedor al comprador. Es el acto jurídico que perfecciona la compraventa: hasta que se firma e inscribe, el comprador no es propietario.
LegalBoleto de compraventa
Contrato privado de compraventa de inmueble que adelanta la operación: el comprador entrega una seña sustantiva y el vendedor se obliga a escriturar en un plazo determinado, generalmente 30 a 60 días.
LegalHipoteca
Derecho real de garantía constituido sobre un inmueble que asegura el cumplimiento de una obligación (típicamente un préstamo). El acreedor puede ejecutar el inmueble si el deudor no paga, vendiéndolo en subasta para cobrarse del producido.
LegalReserva
Documento por el cual el comprador interesado entrega una suma de dinero al corredor o al vendedor para 'reservar' la propiedad por un plazo corto (5 a 15 días) mientras se negocia el boleto definitivo. Es el primer compromiso económico de la operación.
LegalSeña
Suma de dinero que el comprador entrega al vendedor al firmar el boleto de compraventa como confirmación del compromiso. Típicamente representa entre el 15% y el 30% del precio total y tiene efecto pleno: si una parte se arrepiente, paga penalidad.
LegalBien de familia
Protección legal que afecta un inmueble como vivienda familiar para resguardarlo de embargos por deudas posteriores a la afectación. Reemplazado en el CCyC por 'afectación a vivienda' con función similar.