Monotributo
Régimen tributario simplificado de AFIP para personas físicas con bajos ingresos. Una sola cuota mensual cubre impuesto + jubilación + obra social. Categorías A-K según monto anual facturado.
¿Qué es exactamente?
El monotributo es el régimen tributario que usan muchos corredores inmobiliarios independientes al iniciar. Categorías van de A (más bajo, tope facturación chico) a K (más alto). AFIP recategoriza automáticamente cada 6 meses según facturación real. Sin tope de monotributo se debe pasar a Responsable Inscripto.
Preguntas frecuentes
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Términos relacionados
Monotributo corredor
Régimen tributario simplificado de AFIP aplicable a corredores inmobiliarios independientes que facturan hasta ciertos topes anuales. Una sola cuota mensual cubre impuestos + jubilación + obra social.
RolesCorredor inmobiliario
Profesional matriculado autorizado legalmente a mediar entre las partes en operaciones de compraventa, alquiler y permuta de inmuebles. Tiene título habilitante, matrícula en colegio profesional y responsabilidad civil sobre su actividad.
FiscalABL
Tasa municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que cobra el servicio de alumbrado público, barrido de calles y recolección de residuos. Se calcula sobre la valuación fiscal del inmueble y se paga bimestralmente.
FiscalCOTI
Código que emite AFIP previo a publicar o transferir un inmueble por encima del umbral vigente. Es obligatorio antes de escriturar y forma parte del régimen informativo de operaciones inmobiliarias.
FiscalImpuesto cedular
Régimen fiscal introducido en 2018 que reemplazó al ITI para inmuebles adquiridos a partir del 01/01/2018. Grava la ganancia (precio de venta menos costo actualizado) con alícuota del 15% sobre personas físicas no habitualistas.
FiscalImpuesto inmobiliario
Tributo provincial que grava la propiedad de inmuebles. Se calcula sobre la valuación fiscal y se paga periódicamente (anual o bimestral según jurisdicción). Distinto del ABL (que es municipal en CABA).
FiscalITI
Impuesto nacional del 1,5% sobre el valor de venta de inmuebles, que paga el vendedor persona física al momento de escriturar, siempre que la propiedad no sea su vivienda única y permanente.
FiscalSellos
Impuesto provincial (o de CABA) que grava la formalización por escrito de actos jurídicos onerosos, especialmente boletos de compraventa y escrituras inmobiliarias. Lo paga típicamente el comprador y representa entre 2,5% y 4% del valor de la operación.