Factura clase C
Tipo de factura emitida por monotributistas. NO discrimina IVA. Es lo que el corredor monotributista emite por comisiones cobradas. Aceptable como comprobante para el cliente que recibe el servicio.
¿Qué es exactamente?
Las facturas se clasifican: A (RI a RI con IVA discriminado), B (RI a consumidor final con IVA discriminado), C (monotributista, sin IVA), E (exportación). Los corredores monotributistas emiten C; los RI emiten A o B según tipo de cliente.
Preguntas frecuentes
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Términos relacionados
Monotributo
Régimen tributario simplificado de AFIP para personas físicas con bajos ingresos. Una sola cuota mensual cubre impuesto + jubilación + obra social. Categorías A-K según monto anual facturado.
FiscalResponsable Inscripto
Régimen tributario general donde el contribuyente factura con IVA (21% en operaciones gravadas) y paga Ganancias por separado. Aplicable a corredores e inmobiliarias con facturación que supera el monotributo o que prefieren el régimen general.
OperativaComisión corredor
Honorarios que cobra el corredor inmobiliario por mediar en una operación de compraventa o alquiler. Se calcula como porcentaje del precio de venta o del alquiler total y está regulado por leyes provinciales y colegiales.
FiscalABL
Tasa municipal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que cobra el servicio de alumbrado público, barrido de calles y recolección de residuos. Se calcula sobre la valuación fiscal del inmueble y se paga bimestralmente.
FiscalCOTI
Código que emite AFIP previo a publicar o transferir un inmueble por encima del umbral vigente. Es obligatorio antes de escriturar y forma parte del régimen informativo de operaciones inmobiliarias.
FiscalImpuesto cedular
Régimen fiscal introducido en 2018 que reemplazó al ITI para inmuebles adquiridos a partir del 01/01/2018. Grava la ganancia (precio de venta menos costo actualizado) con alícuota del 15% sobre personas físicas no habitualistas.
FiscalImpuesto inmobiliario
Tributo provincial que grava la propiedad de inmuebles. Se calcula sobre la valuación fiscal y se paga periódicamente (anual o bimestral según jurisdicción). Distinto del ABL (que es municipal en CABA).
FiscalITI
Impuesto nacional del 1,5% sobre el valor de venta de inmuebles, que paga el vendedor persona física al momento de escriturar, siempre que la propiedad no sea su vivienda única y permanente.