Fondo de reserva
Porción mensual de las expensas (típicamente 5-15%) destinada a constituir reserva financiera para gastos extraordinarios futuros. Reduce la necesidad de cobros extraordinarios agresivos cuando surgen reparaciones.
¿Qué es exactamente?
El fondo de reserva es la 'caja de ahorro' del consorcio. Se conforma con un porcentaje fijo o variable de las expensas mensuales y se acumula en cuenta separada del consorcio. Cuando surgen gastos extraordinarios (cambio de ascensor, refacción), el consorcio puede usar el fondo de reserva en lugar de cobrar derrama urgente a los propietarios.
Buenas administraciones mantienen un fondo de reserva equivalente a 3-6 meses de expensas ordinarias. Edificios sin fondo de reserva o con fondo bajo son más vulnerables a sorpresas — cualquier reparación grande implica derrama inmediata.
Aspectos legales y operativos
- Constitución
- Se establece en el presupuesto anual aprobado por asamblea. Típicamente 5-15% del total de expensas ordinarias mensuales se destina a fondo de reserva.
- Uso
- Solo para gastos extraordinarios aprobados por asamblea. El administrador no puede disponer libremente del fondo sin autorización formal.
Preguntas frecuentes
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Términos relacionados
Expensas
Pagos mensuales que hacen los propietarios de un edificio para cubrir gastos comunes: encargado, ascensores, limpieza, luz de palieres, mantenimiento estructural y servicios del consorcio.
ConsorcioExpensas extraordinarias
Gastos puntuales no presupuestados del consorcio: cambio de ascensor, refacción de fachada, arreglo de bomba, deuda con proveedores. Las paga el propietario (no el inquilino) en alquileres residenciales.
ConsorcioConsorcio
Conjunto de propietarios de un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal. Tiene personería jurídica propia, administrador designado y patrimonio separado del de cada propietario individual.
ConsorcioAdministrador de consorcio
Persona física o jurídica designada por la asamblea para administrar los asuntos del consorcio. Lleva los libros, recauda expensas, contrata servicios y representa al consorcio frente a terceros.
ConsorcioPropiedad horizontal
Régimen jurídico que permite la coexistencia de propiedades individuales (unidades funcionales) y partes comunes en un mismo inmueble. Es el marco legal de todos los departamentos, PHs y conjuntos edilicios argentinos.
ConsorcioExpensas ordinarias
Gastos previstos y recurrentes del consorcio: sueldos del encargado, mantenimiento de ascensores, electricidad común, limpieza, seguros, administración. Las paga el inquilino en alquileres residenciales.
ConsorcioReglamento de copropiedad
Documento legal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble que organiza la convivencia, los porcentuales de copropiedad, los gastos comunes y los derechos y obligaciones de los propietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal.
ConsorcioTerraza de uso exclusivo
Terraza que figura legalmente como espacio común del consorcio pero cuyo uso está asignado a una unidad funcional específica. No es propia del propietario, sino común con derecho exclusivo de uso.