Régimen de propiedad y consorcio

Mayorías agravadas

Mayoría especial (típicamente 2/3 o unanimidad) requerida para aprobar decisiones importantes del consorcio: gastos extraordinarios grandes, modificación del reglamento, obras estructurales. Mayor a simple mayoría (50% + 1).

¿Qué es exactamente?

Las mayorías agravadas son mecanismo de protección de minorías en el consorcio. Para decisiones que afectan significativamente a todos (modificar reglamento, hacer obra estructural grande, vender espacios comunes), se exige mayoría mayor a simple. Reglamento típico: 2/3 para gastos extraordinarios + unanimidad para modificar reglamento.

Preguntas frecuentes

Para proteger a minorías. Una decisión que cambie significativamente las reglas del consorcio (modificar reglamento) no puede tomarse con 51% — necesita consenso amplio (2/3 o unanimidad). Evita decisiones radicales con consenso débil.

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Términos relacionados

Consorcio

Asamblea de copropietarios

Reunión formal de los propietarios de un edificio donde se toman las decisiones más importantes del consorcio: aprobación de presupuesto anual, designación de administrador, gastos extraordinarios y modificaciones del reglamento.

Consorcio

Reglamento de copropiedad

Documento legal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble que organiza la convivencia, los porcentuales de copropiedad, los gastos comunes y los derechos y obligaciones de los propietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal.

Consorcio

Consorcio

Conjunto de propietarios de un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal. Tiene personería jurídica propia, administrador designado y patrimonio separado del de cada propietario individual.

Consorcio

Expensas

Pagos mensuales que hacen los propietarios de un edificio para cubrir gastos comunes: encargado, ascensores, limpieza, luz de palieres, mantenimiento estructural y servicios del consorcio.

Consorcio

Propiedad horizontal

Régimen jurídico que permite la coexistencia de propiedades individuales (unidades funcionales) y partes comunes en un mismo inmueble. Es el marco legal de todos los departamentos, PHs y conjuntos edilicios argentinos.

Consorcio

Administrador de consorcio

Persona física o jurídica designada por la asamblea para administrar los asuntos del consorcio. Lleva los libros, recauda expensas, contrata servicios y representa al consorcio frente a terceros.

Consorcio

Expensas extraordinarias

Gastos puntuales no presupuestados del consorcio: cambio de ascensor, refacción de fachada, arreglo de bomba, deuda con proveedores. Las paga el propietario (no el inquilino) en alquileres residenciales.

Consorcio

Expensas ordinarias

Gastos previstos y recurrentes del consorcio: sueldos del encargado, mantenimiento de ascensores, electricidad común, limpieza, seguros, administración. Las paga el inquilino en alquileres residenciales.