Régimen de propiedad y consorcio

Asamblea de copropietarios

Reunión formal de los propietarios de un edificio donde se toman las decisiones más importantes del consorcio: aprobación de presupuesto anual, designación de administrador, gastos extraordinarios y modificaciones del reglamento.

¿Qué es exactamente?

La asamblea de copropietarios es el órgano máximo del consorcio. Se reúne al menos una vez al año (asamblea anual ordinaria) para aprobar balance, presupuesto y rendición del administrador. Puede convocarse también de forma extraordinaria cuando surgen temas urgentes (cambio de administrador, obras grandes, conflictos).

Las decisiones se toman por mayorías que define el reglamento de copropiedad: simple mayoría para gastos ordinarios, mayoría agravada (2/3) para gastos extraordinarios grandes, unanimidad para modificaciones del reglamento o régimen.

Aspectos legales y operativos

Convocatoria
Por escrito con anticipación mínima (típicamente 15-30 días). Debe incluir orden del día específico — temas no incluidos no pueden votarse.
Quórum y mayorías
- Quórum mínimo: típicamente 50% de propietarios para abrir asamblea - Decisiones ordinarias: simple mayoría de presentes - Extraordinarias grandes: 2/3 o unanimidad según reglamento
Libro de actas
Toda decisión se asienta en el libro de actas del consorcio. Es el documento legal de las decisiones tomadas. El administrador lleva el libro.

Preguntas frecuentes

Una asamblea anual ordinaria obligatoria (aprueba balance y presupuesto del año entrante). Asambleas extraordinarias cuando surgen temas que requieren decisión inmediata. En edificios activos: 2-4 asambleas/año total.

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Términos relacionados

Consorcio

Consorcio

Conjunto de propietarios de un edificio sometido al régimen de propiedad horizontal. Tiene personería jurídica propia, administrador designado y patrimonio separado del de cada propietario individual.

Consorcio

Administrador de consorcio

Persona física o jurídica designada por la asamblea para administrar los asuntos del consorcio. Lleva los libros, recauda expensas, contrata servicios y representa al consorcio frente a terceros.

Consorcio

Reglamento de copropiedad

Documento legal inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble que organiza la convivencia, los porcentuales de copropiedad, los gastos comunes y los derechos y obligaciones de los propietarios de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal.

Consorcio

Expensas extraordinarias

Gastos puntuales no presupuestados del consorcio: cambio de ascensor, refacción de fachada, arreglo de bomba, deuda con proveedores. Las paga el propietario (no el inquilino) en alquileres residenciales.

Consorcio

Expensas

Pagos mensuales que hacen los propietarios de un edificio para cubrir gastos comunes: encargado, ascensores, limpieza, luz de palieres, mantenimiento estructural y servicios del consorcio.

Consorcio

Propiedad horizontal

Régimen jurídico que permite la coexistencia de propiedades individuales (unidades funcionales) y partes comunes en un mismo inmueble. Es el marco legal de todos los departamentos, PHs y conjuntos edilicios argentinos.

Consorcio

Expensas ordinarias

Gastos previstos y recurrentes del consorcio: sueldos del encargado, mantenimiento de ascensores, electricidad común, limpieza, seguros, administración. Las paga el inquilino en alquileres residenciales.

Consorcio

Terraza de uso exclusivo

Terraza que figura legalmente como espacio común del consorcio pero cuyo uso está asignado a una unidad funcional específica. No es propia del propietario, sino común con derecho exclusivo de uso.